El Ayuntamiento de Coslada celebró este viernes un Pleno extraordinario en el que se abordó la actualización para 2027 de la Tasa de Residuos. Durante la sesión, el alcalde, Ángel Viveros, decidió dejar sobre la mesa varias de las enmiendas presentadas por el Grupo Municipal Popular al detectar su incompatibilidad con los informes emitidos por los responsables técnicos de Intervención, Secretaría General y Hacienda, órganos que habían dado luz verde a los criterios de actualización planteados por el equipo de Gobierno municipal.
La modificación de la Ordenanza que regula la Tasa perseguía una reducción de la misma, de modo que las vecinas y vecinos verían rebajada la cantidad a abonar en 2027 por este concepto. Sin embargo, el informe del director del Área de Hacienda del Ayuntamiento de Coslada, funcionario de esta administración, pone en entredicho la viabilidad jurídica y económica de varias de las propuestas populares y concluye que algunas de esas aportaciones no deben ser tomadas en consideración.
Objeciones técnicas a la reducción del coste del servicio
Una de las principales objeciones del análisis se refiere a la propuesta del PP de reducir en 94.353,35 euros el coste del servicio que se utiliza para calcular la tasa de 2027. Esta cantidad corresponde, según los cálculos de la oposición, a los ingresos que, a la vista de sus propias estimaciones económicas, considera que el Ayuntamiento de Coslada habría dejado de percibir por la anterior concesionaria del servicio de recogida de papel y cartón.
Sin embargo, el informe de la Hacienda cosladeña advierte de que esa cantidad no está acreditada como un ingreso efectivo y que, incluso, no existe aún una determinación administrativa de la deuda. Se trata de una estimación basada en los 35.000 euros de ingresos previstos para 2027, que el PP extrapola a ejercicios anteriores. El documento señala que no puede darse por hecho que esas cantidades vayan a recuperarse y cuestiona que se incorporen como ingresos previsibles para reducir la tasa, al no ajustarse a lo establecido en los artículos correspondientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 11.3 de la Ley 7/2022.
El mecanismo, según explican desde Hacienda, es sencillo: el Ayuntamiento puede exigir las responsabilidades que correspondan a la anterior concesionaria si se acreditan incumplimientos, pero esa eventual reclamación debe tramitarse y cuantificarse conforme al procedimiento legal. Esto significa que esa partida no puede convertirse anticipadamente en un ingreso cierto para modificar el cálculo de la tasa.
Problemas en las bonificaciones propuestas
El mismo informe del responsable del Área de Hacienda estudia otras cuestiones planteadas en las citadas enmiendas. Así, analiza las bonificaciones que pone sobre el papel el PP, entre ellas las relativas a las aportaciones al Punto Limpio, las familias numerosas, el compostaje doméstico y la prevención de residuos alimentarios.
Algunas de estas medidas tienen cobertura normativa, pero Hacienda avisa de que existen problemas en su regulación, especialmente en materia de compatibilidad y acumulación de bonificaciones, la correcta identificación de los sujetos beneficiarios y los mecanismos de comprobación necesarios para garantizar su aplicación.
Del mismo modo, el informe afirma que la propuesta de reducción del 100 % para determinadas actividades económicas que traten sus residuos mediante gestores autorizados ya está contemplada en el artículo 11.8 de la ordenanza, por lo que su incorporación podría generar duplicidades normativas.
Otra de las objeciones se refiere a la propuesta de incorporar una disposición para descontar del coste del servicio las cantidades recuperadas mediante penalizaciones, indemnizaciones o incautaciones de garantías a empresas contratistas. Hacienda duda de esta modificación porque las penalidades contractuales tienen una naturaleza coercitiva y no constituyen necesariamente ingresos del servicio ni pueden considerarse automáticamente una minoración de su coste.
Por último, el documento analiza la propuesta de implantar progresivamente un sistema de pago por generación en un plazo de cinco años. Para la Hacienda Municipal, una medida de estas características requiere un estudio técnico y económico específico, inversiones y medios para identificar y medir los residuos generados. Ante esto, la misma dirección considera que no se puede establecer una obligación de implantación con ese calendario sin acreditar previamente su viabilidad y los recursos necesarios.
Conclusiones del informe y defensa municipal
En definitiva, el Área de Hacienda concluye que no procede tomar en consideración estas y otras enmiendas puesto que no se ajustan a la normativa aplicable o al objeto y procedimiento del expediente, mientras que otras propuestas quedan sujetas a las observaciones jurídicas y técnicas recogidas en el documento y a la decisión del Pleno.
El Ayuntamiento de Coslada defiende que la modificación de la tasa debe responder a criterios de rigor económico, seguridad jurídica y transparencia, garantizando que el cálculo de los costes del servicio se realice conforme a la normativa vigente y sobre cantidades debidamente justificadas.
La decisión de dejar sobre la mesa estas enmiendas implica que las mismas no serán debatidas ni votadas en esta sesión, a la espera de que se resuelvan las cuestiones técnicas planteadas. El equipo de Gobierno municipal subraya que la prioridad es garantizar la legalidad y la sostenibilidad económica del servicio, evitando modificaciones que puedan comprometer la gestión futura.
Imágenes: Ayuntamiento de Coslada
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