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Algete: una ordenanza fija nuevas normas para patinetes eléctricos y otros VMP

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El Pleno del Ayuntamiento de Algete ha aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal reguladora de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). La norma establece las condiciones de circulación y estacionamiento de estos vehículos, fija requisitos de seguridad para quienes los conducen y recoge un régimen de infracciones y sanciones dentro de las competencias municipales.

La ordenanza se aplica en el término municipal y regula el uso de patinetes eléctricos y otros VMP en los espacios públicos. Entre sus disposiciones figuran la edad mínima para conducir, las vías por las que pueden circular y los lugares en los que tienen prohibido hacerlo. También concreta obligaciones sobre el casco, el chaleco reflectante y el uso de dispositivos como auriculares o teléfonos móviles durante la conducción.

Edad mínima y vías permitidas

La edad mínima para conducir un VMP será de 15 años en todos los casos. La normativa también limita los espacios de circulación: estos vehículos podrán utilizar calzadas cuya velocidad esté limitada a 30 kilómetros por hora o menos, carriles bici, ciclocalles y pistas de bici.

La ordenanza contempla asimismo las vías compartidas de plataforma única, pero establece condiciones distintas según exista o no separación entre peatones y vehículos. Cuando haya separadores, los VMP podrán circular por estas vías a menos de 20 kilómetros por hora. Si no los hay, el límite será inferior a 15 kilómetros por hora. Así, la regulación vincula la velocidad autorizada en esos espacios a la forma en que se organiza la convivencia entre peatones y vehículos.

La norma prohíbe circular con VMP por aceras y zonas peatonales. También impide su circulación por túneles urbanos y carriles reservados al transporte público. Estas restricciones delimitan los espacios por los que pueden desplazarse los usuarios y diferencian las vías autorizadas de aquellas destinadas a peatones o a otros usos específicos.

Además, no se podrá transportar a más de una persona en estos vehículos. La ordenanza prohíbe igualmente conducir utilizando auriculares o teléfonos móviles. Se trata de obligaciones que se incorporan al marco municipal para regular tanto la circulación como el comportamiento de los usuarios en los espacios públicos de Algete.

Casco, chaleco y control municipal

El uso de casco homologado será obligatorio para todas las personas que conduzcan un VMP. La ordenanza exige también llevar sobre el cuerpo un chaleco reflectante homologado. Ambos elementos forman parte de las condiciones de seguridad recogidas en el texto aprobado por el Pleno.

La regulación incluye un régimen de infracciones y sanciones, aunque el comunicado municipal no detalla las conductas asociadas a cada categoría ni las cuantías correspondientes. El texto sitúa estas medidas dentro del ámbito de las competencias municipales y establece así una base local para actuar ante posibles incumplimientos de las obligaciones incluidas en la ordenanza.

El Ayuntamiento señala que la normativa pretende ofrecer criterios más claros y homogéneos para la vigilancia y actuación de la Policía Local. El marco común se dirige tanto a los usuarios de VMP como a los agentes encargados del control, al fijar en una ordenanza municipal los requisitos de circulación, las prohibiciones y las obligaciones de seguridad.

La aprobación definitiva se produce en un contexto de creciente utilización de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal en los núcleos urbanos, según expone el Ayuntamiento. El Consistorio vincula ese aumento a nuevas situaciones para los servicios municipales y, en particular, para las tareas de vigilancia, regulación y control de la Policía Local.

Una regulación municipal dentro de la normativa vigente

El objetivo declarado de la ordenanza es ordenar la circulación y el uso de los VMP en los espacios públicos de Algete, compatibilizando la movilidad con la protección de los peatones, la seguridad vial y la convivencia con otros usuarios de la vía pública. La norma menciona expresamente a peatones, bicicletas y vehículos a motor entre quienes comparten esos espacios.

La regulación reúne en un texto municipal diferentes aspectos prácticos para el uso de estos vehículos: quién puede conducirlos, por dónde pueden circular, qué comportamientos están prohibidos y qué equipamiento es obligatorio. Para los usuarios, las disposiciones implican tener en cuenta la edad mínima de 15 años, respetar los límites de velocidad establecidos en las vías compartidas y distinguir entre los espacios autorizados y aquellos en los que la circulación está prohibida.

El texto se configura como una norma de desarrollo y ordenación en el ámbito municipal. Su aplicación no sustituye la normativa estatal y autonómica que corresponda, cuya vigencia queda expresamente preservada por la ordenanza. La nueva regulación de Algete se suma así a ese marco normativo y concreta las reglas municipales aplicables a los vehículos de movilidad personal en el término municipal.

La ordenanza fue aprobada definitivamente por el Pleno municipal el 3 de noviembre de 2026, según la información difundida por el Ayuntamiento de Algete.


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