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Aprobado el calendario laboral de 2027 con 12 festivos fijos y dos locales

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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el decreto que establece el calendario laboral de 2027, que contará con 14 días festivos: 12 de carácter fijo para toda la región y dos de ámbito local que fijará cada ayuntamiento conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores.

La competencia para fijar el calendario de festivos no laborables corresponde al Consejo de Gobierno, si bien esta cuestión se somete a consulta a los grupos parlamentarios representados en la Asamblea de Madrid, además de otras entidades e instituciones económicas y sociales más representativas de la región.

El Decreto aprobado será remitido al Estado con las 12 fechas fijas, y a las que cada ayuntamiento de la región incorporará las que les corresponden. El 2 de mayo mantiene su condición de Fiesta de la Comunidad de Madrid, aunque no figura en el calendario al coincidir ese día en domingo.

Fiestas laborales de la Comunidad de Madrid en 2027

El calendario laboral de 2027 en la Comunidad de Madrid incluye las siguientes fechas:

  • 1 de enero (viernes), Año Nuevo.
  • 6 de enero (miércoles), Epifanía del Señor.
  • 19 de marzo (viernes), San José.
  • 25 de marzo, Jueves Santo.
  • 26 de marzo, Viernes Santo.
  • 1 de mayo (sábado), Fiesta del Trabajo.
  • 16 de agosto (lunes), traslado de la Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre (martes), Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre (lunes), Día de Todos los Santos.
  • 6 de diciembre (lunes), Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre (miércoles), Día de la Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre (sábado), Natividad del Señor.

San José será festivo el viernes 19 de marzo y la celebración de la Asunción se trasladará al lunes 16 de agosto. Todos los Santos y el Día de la Constitución caerán en lunes, mientras que la Inmaculada es miércoles 8 de diciembre.

Además, cada ayuntamiento de la región deberá establecer dos festivos locales, que se sumarán a los 12 fijados por la Comunidad de Madrid. Estos días suelen coincidir con las fiestas patronales de cada municipio y son determinados por acuerdo plenario de cada consistorio.

El calendario laboral es de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid y afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena, así como a las administraciones públicas. Las empresas y los ciudadanos deben tener en cuenta estas fechas para la planificación de sus actividades laborales, escolares y comerciales.

La aprobación de este decreto se produce tras el proceso de consulta con los agentes sociales y políticos, y una vez remitido al Estado, se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para su entrada en vigor.

Con esta medida, la Comunidad de Madrid garantiza la coordinación con el calendario nacional y establece un marco previsible para el próximo año, facilitando la organización de vacaciones, puentes y eventos en toda la región.


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